Aunque la atención educativa a
personas con deficiencias sensoriales (generalmente auditivos y visuales) se
viene prestando en España desde el siglo XVI, la adopción legal del término educación especial es reciente y ha venido a sustituir a
otros aún vigentes en ciertos países de Hispanoamérica, como defectología, que tiene evidentes
connotaciones negativas.
En los últimos años
del siglo XX se ha
propuesto en España y en
otros países la sustitución del término educación
especial por el de necesidades educativas especiales, siguiendo las
recomendaciones del informe
Warnock, publicado en 1978 y difundido
a lo largo de la década siguiente. Esta nueva definición supone hacer énfasis
en la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la
ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto en la
obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para
compensar los déficit del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos
imprescindibles para afrontar la vida adulta.
0 comentarios:
Publicar un comentario